ESTE 5 DE JUNIO VOTA SIN MIEDO Y CONSTRUYAMOS JUNTOS EL PERÚ QUE TODOS QUEREMOS.

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SEREMOS CUSTODIOS Y DEFENSORES DECIDIDOS DE LA GOBERNABILIDAD DEMOCRÁTICA

domingo, 11 de julio de 2010

Sesión 2 B Virtual día 10 de julio de 2010

La constitución inicial del Perú ante el derecho internacional


http://books.google.com.pe/books?id=u6l8A8BSIfIC&lpg=PP1&dq=tratado%20de%20itamaraty%20entre%20ecuador%20y%20peru&pg=PP1#v=onepage&q&f=false

Pedagogía constitucional: un análisis jurídico-político de la Constitución



http://books.google.com.pe/books?id=q2uaZY86zdEC&lpg=PP1&dq=inauthor%3A%22V%C3%ADctor%20Julio%20Ortecho%20Villena%22&pg=PP1#v=onepage&q&f=false
Constitución política de Colombia: acompañada de extractos de las sentencias


http://books.google.com.pe/books?id=WbEKTQEK4VUC&lpg=PP1&dq=inauthor%3A%22V%C3%ADctor%20Julio%20Ortecho%20Villena%22&pg=PP1#v=onepage&q&f=false

La Constitución por construir: balance de una decada de cambio institucional



http://books.google.com.pe/books?id=EMN1pCtt5D4C&lpg=PP1&dq=inauthor%3A%22V%C3%ADctor%20Julio%20Ortecho%20Villena%22&pg=PP1#v=onepage&q&f=false

9 comentarios:

  1. COMENTARIO:
    Aquí vemos que siempre habido una controversia entre el Perú y el ecuador sobre los territorios de maynas Jaén y tumbes puesto que desde el principio de nuestra independencia ha habido una serie de conflictos entre el Perú y el ecuador por estos territorios.
    Antes el Perú estaba dividido en ocho departamentos dentro del cual uno de ellos era Trujillo. Dentro de Trujillo se encontraba Jaén y maynas .el Perú siempre ha vivido en una gran controversia con el ecuador acerca de este tema porque antes la gran Colombia que ahora es el ecuador siempre peliaron por estos territorios que le pertenecían al territorio del Perú.
    Los departamentos de Jaén maynas y tumbes siempre quisieron permanecer al Perú porque hubo un tiempo donde maynas y Jaén pertenecieron a la gran Colombia pero por interdicción de la mismas personas estos pidieron permanecer al Perú.
    Esto siempre ha sido una gran polémica no solo a nivel entre dos países sino en el plano internacional porque han tenido que intervenir otros países, terceros para solucionar estos conflictos que se han presentaron.
    Tanto maynas como Jaén y tumbes entraron a la constitución de 1823 como territorio del Perú y no como territorio de otros países.
    Jaen, maynas y tumbes siempre fueron territorio del peru, ya que nunca dejaron de pertenecer a este.
    La soberanía siempre ha pertenecido al pueblo y a todos los territorios de la republica americana
    La soberanía reside en el pueblo y es parte de ella, todas las republicas de América a partir de la independencia de estas siempre han tenido una soberanía que ha residido en todo el pueblo que la reside y es parte de cada territorio.
    Los derechos humanos siempre han pertenecido al hombre y siempre formaran parte de e l ya que residen en el por ser parte este de una sociedad donde se tienen que hacer valer respetar y sobre todo cumplir.
    El estado a partir de la revolución francesa ha sido dividido en tres poderes ejecutivo legislativo y judicial y a partir de ahí todos los países han seguido el mismo camino para la división política, económica y social del país.
    Los gobiernos son la representación del pueblo ya que este son los que eligen a sus gobernantes y lo manifiestan a parir del sufragio que es la manera democrática como se decide que persona quieres que te represente en el gobierno.
    Los gobernantes son los representantes el pueblo o sea porque ellos se van a manifestar las necesidades y urgencias que padece la gente atreves de las diferentes obras que hagan en beneficio de la gente que confió en ellos como un cambio para bien.
    El estado lo representamos todas las personas que viven en una sociedad en común que elegimos a un representante por voluntad propia porque de alguna u otra forma confiamos en el porqué cumple con los requerimientos necesarios de un líder en el cual se pueda confiar y el cual trabaje para el bienestar de una sociedad que le dio su voto de confianza para que haiga cambios para bien.
    La constitución que hoy tenemos se preocupa mucho por el ciudadano para que se respeten y cumplan sus derechos fundamentales es una constitución muy bien elaborada porque nos da a conocer de una manera clara y precisa cuales son las obligaciones de nuestras instituciones jurídicas, cuáles son sus obligaciones para con sus ciudadanos.
    La constitución actual es una constitución de fácil entendimiento para que todas las personas leídas o no leídas tengan conocimiento y sobre todo entendimiento de cuáles son sus derechos fundamentales los cuales se tienen que hacer cumplir y respetar.
    Los integrantes de mi grupo son
    -Castro Rivas Guisell
    -Herencia Ramírez Rommel
    -Palacios López Exzulema
    -Rondoy Bances Cynthia
    - Saguma Quino Silvia

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  2. el tema expuesto en los siguientes diapositivas podemos observar que en ambos se buscar un bienestar comùn además de que tienen como base la CONSTITUCIÓN, ahora en la primera se refiere al conflicto de Ecuador como sabemos hasta la actualidad todavia se tiene cierta distancia con el paìs vecino; si nos remontamos hacia la historia del movimiento liberrtados en donde se juraba las independencias de MAYNAS, TUMBES Y JAEN, lo que se queria era de que permanecia unido a nuestro país que nos pertenicia por democracia y geogarfía y que no fue tan simple sino que se necesito para ello una organizacion y una lucha constante para lograr los retos.
    para poder lograr cualquier objetivo se necesita que se de el factor de SOBERANÍA: que es aquella en la que reside en la voz del pueblo y el poder que este ejerce en las decisiones a nivel nacional ; tambien se desarrollo en esta sección los cabildos que fue de gran importrancia y organizacion.
    otro tema es el de la constituciòn de colombia; es de caracter finalista; a demas se refiere que en su preámbulo solamente sistematiza de manera clara y concisa todos su reglamentación goza de un PODER VINCULANTE; en la cual toda su poblacion tiene la obvligatoriedad de repetar y poner en práctica lo que en ella se dicta en paralelo a nuestra constituciòn peruana es que para colombia tanto como para el perú tienen en la cúspide a la constitucion como el elemento de gran supremacía cuya finalidad consiste en tener una mejor organizacion entre sus gobernantes y gobernados para constituir una regulacion en el comportamiento entre sociedades.

    se constituye y se pone enfasis a un estado de derecho en donde el objeto principal es sin duda alguna el SER HUMANO, asi que se tiene que velar por su tranquilidad y su tranquila convivencia.
    hay que tener algo claro es cierto que la constitución debe velar por las personas y protegerlos pero es cierto que a medida que tengamos derechos tambien nacen con ello s lod deberes con los demás lo que es necesario para que se pueda tener un Estado bien constituido y en donde se respeten a la persona.
    la constitucion comprobamos una vez más que es la madre de todo ordenamiento y que en ella se sistematiza todos el Estado; La Persona y su relación entre ellos.
    INTEGRANTES
    ARMESTAR ESPINOZA CRISTIAN
    BURGA HURTADO MARLY
    LIVIAPOMA YAGUANA VICTOR
    MARTINEZ SÁNCHEZ MARIBEL
    VERA MAZA VANESSA

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  3. Tenga muy buenas tardes profesor Grimado Chong.
    Le escribo para justificar mi inasistencia del día sábado 10 de junio, debido a que estudio inglés los días sábados y domingos de 8 a 12 de la mañana y justamente los sábados son días de evaluación por tal razón me fue imposible asistir.
    Le agradesco sinceramente su comprensión.
    ALUMNA: VANESSA ANAÍS VERA MAZA

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  4. Buenas tardes doctor este el comentario de la clase del dia sabado 10 de julio
    nuestro comentario empieza con el conflicto de Jaen y Maynas seguido por la constitucion colombiana de 1991 y finaliza con el proyecto de una nueva constitucion colombiana

    Las provincias de Jaén, Maynas y tumbes se constituyeron al perú por el principio de la libre determinación de los pueblos mas no por usurpación. Provocando una Guerra con la Gran Colombia la Cual fue dirigida por el Libertador Simón Bolívar, esta se originó por diversas causas y pretextos uno se estos fue la intervención de un cónsul de la Gran Colombia en asuntos políticos internos, y en todo el país se realizaban actos de indignación contra Bolívar y Sucre .
    La manifestación de la soberanía del perú, el imperio y la elección, se había realizado en esas provincias, pues ellas obedecían a las autoridades nombradas por el gobierno del perú y participaban en la elección del poder legislativo desde 1821 en que es jurada la independencia peruana.
    Viendo de forma positiva el conflicto que duro muchos anos sirvió para delimitar los limites de la republica de perú y la gran Colombia (actualmente ecuador y Colombia )
    La nación Colombiana, había sufrido varias reformas adaptándose a los tiempos y las circunstancias que la toco vivir al país
    En 1988 se pretendió extender la participación ciudadana en la política y evitar de esta forma la corrupción, entre otras cosas, o que provoco la convocatoria a una asamblea constituyente para elecciones en 1990 promulgándose en 1991 la constitución de ese mismo año, la misma que reemplazo al Código Civil de Bello, que era la principal fuente de derecho en Colombia
    La constitución de 1991 va en contra las decisiones judiciales relacionadas con la acción de tutela de los derechos constitucionales, a manera de revisión, con el objetivo de unificar jurisprudencia y establecer precedente judicial obligatorio
    La constitución de 1991 de Colombia a generado criticas a favor y en contra de esta si hablamos del estado social de derecho de la queda claro que dentro de esta constitución debe prestar servicios públicos y beneficiar a los mas desfavorecidos ,la protección de derechos ,la supremacía de la constitución, la supremacía de los derechos de la persona, la soberanía popular la diversidad cultural y la organización territorial son temas que se regulan dentro de esta carta magna
    Esta constitución se presento como una forma de paz para incorporar los grupos armados al sistema político constituye un gran avance pata la corte internacional de ese país aunque aun no lo ha logrado pues la violencia sigue vigente dentro de este país

    INTEGRANTES
    ROSILLO CORDOVA CRISTHIUN GERALDINE
    REYES SILVA CINTHIA RUTH
    MORANTE LOPEZ TATIANA
    PALOMINO PERALTA DENNY

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  5. FELICITACIONES HAN CUMPLIDO EN FORMA OPORTUNA.

    -Castro Rivas Guisell
    -Herencia Ramírez Rommel
    -Palacios López Exzulema
    -Rondoy Bances Cynthia
    - Saguma Quino Silvia
    ARMESTAR ESPINOZA CRISTIAN
    BURGA HURTADO MARLY
    LIVIAPOMA YAGUANA VICTOR
    MARTINEZ SÁNCHEZ MARIBEL
    VERA MAZA VANESSA
    VANESSA ANAÍS VERA MAZA
    ROSILLO CORDOVA CRISTHIUN GERALDINE
    REYES SILVA CINTHIA RUTH
    MORANTE LOPEZ TATIANA
    PALOMINO PERALTA DENNY

    EL DOCENTE

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  6. buenas noches Dr. Grimaldo Chong, a quie le estamos enviado recien nuestro comentario de los libros, debido a que hemos tenido unos inconvenientes ,por motivos que le explicaremos a su correo, esperamos su comprension.. gracias..
    Una constitución por reconstruir
    Siempre se ha dicho que tanto el derecho como la constitución no son obras acabadas sino por el contrario estas se irán modificando a medida que la sociedad lo necesite ya que hay una interconexión derecho-norma-sociedad
    La constitución
    la constitución es un texto de carácter jurídico-político fruto del poder constituyente que fundamenta (según el normativismo) todo el ordenamiento, situándose en él como norma que recoge, define y crea los poderes constituidos limitándolos al servicio de las personas. además, tendrá el carácter de norma suprema, de manera que prevalecerá sobre cualquier otra que fuese posterior y contraria a ella (jerarquía constitucional). al decir de kelsen, es la norma que da lógica a todo el sistema. el derecho común surgirá de ella por mecanismos de derivación y aplicación.
    Estructura formal
    Así, la estructura formal de un texto constitucional establecida por la doctrina sería la siguiente:
    • justificación del propio poder constituyente originario
    • soberanía nacional.
    • poderes constituidos.
    • tabla de derechos fundamentales.(parte dogmática)
    (Cabe destacar que la doctrina anglosajona suele considerar a la tabla de derechos fundamentales como anterior a los poderes constituidos.)
    INTEGRANTES:
    PALACIOS BERRÚ MARYLIN
    RIOS NUÑEZ KATTERIN
    SÁNCHEZ YARLEQUÉ IVETTE.

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  7. Principios que las constituciones deben tener como parte de su estructura
    División de poderes
    en rigor debe decirse 'división del poder' en distintas funciones, o 'división tripartita del poder' siendo tres las clásicas. permite un efectivo control interno y externo. el modelo puro proyectaba una situación de total independencia entre las tres expresiones del poder (legislar, ejecutar lo legislado y decidir los derechos de los particulares).hg
    Estado de derecho
    éste se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la norma; es así que el poder del estado queda subordinado al orden jurídico vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y es eficaz cuando se aplica en la realidad con base en el poder del estado a través de sus órganos de gobierno, creando así un ambiente de respeto absoluto del ser humano y del orden público.
    Sin embargo, no basta con que exista una autoridad pública sometida al derecho. para estar en presencia de un verdadero y auténtico estado de derecho, el ordenamiento jurídico del respectivo estado, debe reunir una serie de características que dan origen a un estado de derecho real o material. el concepto de estado de derecho se explica por dos nociones: el estado de derecho en sentido formal y el estado de derecho en sentido material.
    Soberanía nacional
    es un concepto ideológico surgido de la teoría política liberal, que puede remontarse a locke y montesquieu (finales del siglo xvii en inglaterra, siglo xviii en francia). hace pertenecer la soberanía a la nación, una entidad abstracta y única, vinculada normalmente a un espacio físico (la terra patria o patria), a la que pertenecen tanto los ciudadanos presentes tanto como los pasados y futuros, y se define como superior a los individuos que la componen. también consiste en la capacidad tanto jurídica como real de decidir de manera definitiva y eficaz en todo conflicto que altere la unidad de la coperacion social, territorial en caso necesario e incluso contra el derecho positivo y además de imponer la decisión de todos los habitantes del territorio
    Derechos fundamentales
    los derechos o facultades básicas e inalienables que se reconocen en un ordenamiento a los seres humanos. la teoría del derecho natural supone que deberían reconocerse a todo hombre en cualquier ordenamiento.
    Estabilidad constitucional
    la constitución ha de servir de marco jurídico para la justificación del poder político, y por ello ha de gozar de cierto grado de estabilidad en su texto, soportando el paso de sucesivos gobiernos sin necesidad de cambiar su letra. por ello, la modificación de la norma suprema está sometida a una gran cantidad de restricciones, destacando especialmente el requisito de mayorías especialmente cualificadas para las votaciones sobre su alteración.
    Supremacía constitucional
    Concepto procedente del antiquísimo precedente jurisprudencial 'marbury vs madison", y que supone la estructuración del ordenamiento jurídico en una pirámide jerárquica en la que la constitución ocuparía la cúspide. así, la supremacía supone el punto más alto en la escala jerárquica normativa, de manera que cualquier norma posterior y contraria que eventualmente entrase en colisión con la norma suprema provocaría la nulidad de la norma inferior. el mayor desarrollo de este concepto se debe a la teoría pura del derecho de hans kelsen..


    INTEGRANTES:
    PALACIOS BERRÚ MARYLIN
    RIOS NUÑEZ KATTERIN
    SÁNCHEZ YARLEQUÉ IVETTE.

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  8. Rigidez constitucional
    La rigidez constitucional es un concepto, según el cual, la norma suprema ha de designar un proceso específico para su propia modificación, diferente al procedimiento utilizado habitualmente para la producción normativa infraconstitucional. por el contrario, se habla de flexibilidad constitucional cuanto más similar es el proceso de reforma al de creación legislativa ordinaria. los grados de rigidez dependen de una serie de factores disyuntivos:
    1. si el órgano reformador es creado y elegido especialmente para la reforma o es uno de los que habitualmente funcionan.
    2. el número de instituciones políticas cuyo consentimiento debe concurrir para poder reformar la constitución.
    3. las mayorías exigidas para la reforma.
    4. la participación del pueblo, que puede ser directa (a través de un referéndum) o indirecta (a través de elecciones para una nueva asamblea que deberá ratificar o redactar la reforma).
    control de constitucionalidad
    La constitución posee carácter de norma suprema, y por lo tanto, su cumplimiento ha de estar garantizado por el ordenamiento jurídico en su funcionamiento cotidiano. asegurar que no se viole la norma constitucional con los actos de los poderes constituidos es el control de constitucionalidad
    Es importante que nuestras constituciones estén de acuerdo ala realidad del país el cual legisla y para ello necesita d una correcta estructura.

    INTEGRANTES:
    PALACIOS BERRÚ MARYLIN
    RIOS NUÑEZ KATTERIN
    SÁNCHEZ YARLEQUÉ IVETTE.

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  9. Buenas noches profesor chong mi comentario es el siguiente:

    Este problema de jaén y maynas no es de ahora sino que que tiene un pasado en el cual se basa.

    Antes jaén, maynas y tumbes pertenecieron a la gran colombia pero despues se desprendieron perteneciendo a peru, es por por ello que se genero un gran problema muy controversial con la hermana republica del ecuador. para tener un conocimiento mas amplio antes el peru se dividia en 8 regiones siendo una de ellas la ciudad de trujillo, en la cual se ubicaban jaén,maynas.por otro lado el que ahora es el pais de ecuador antes era la gran colombia, es por ello que estos dos paises tubieron serios problemas.
    Posteriormente estas ciudades de jaén,maynas y tumbes vienen a recogerse en la constitucion de 1823 como ciudades pertenecientes al peru y no a la gran colombia.

    Por otro lado es a partir de la revolucion que sucedio en francia o tambien llamada revolucion francesa es que el estado peruano adopta un modelo diferente de division de poderes.
    Asi tenemos el poder ejecutivo , legislativo y judicial.

    INTEGRANTES:
    ARANDA SOSA TITO
    CORDOVA GUEVARA LEYLA
    GALLEGOS SANDOVAL CYNDI
    GARCIA CHAPA DIEGO
    GARCIA LOPEZ IADIRA.

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